ATENTADOS AL PUDOR
ATENTADOS AL PUDOR
Es todo acto contrario a las buenas costumbres, ejercido intencionada y directamente sobre una persona sin su consentimiento o contra su voluntad, ya sea publica o privadamente.
Ej: los tocamientos manuales sobre los pechos o genitales de una mujer, en forma intempestiva o violenta; los actos lascivos, como los tocamientos con el pene sobre los genitales de una niña menor de 12 anos, siempre que no haya tentativa de intromisión. Art. 376 del Código Penal Venezolano. hace referencia a los medios, condiciones, y circunstancias indicados en el Art. 374 del C.P.(violación)
ULTRAJES AL PUDOR PÚBLICO
Art. 381 CÓDIGO PENAL
Es todo acto que ofenda el pudor, efectuándolo públicamente (lugar público o expuesto a la vista del público). Este consiste en hechos o actos que sean atentatorios contra la moralidad (sexual), realizados públicamente por un sujeto sobre su propia persona o sobre otra que consciente en dicho acto o aun en su contra (cuando el sujeto pasivo no consiente o es victima de violencia o amenazas por parte del agente que realiza dicho acto impúdico). En ese caso existe un concurso de delitos: el atentado al pudor (sobre la victima) y el ultraje publico al pudor por haberse cometido en sitio público)
Ej: realizar un acto masturbatorio en plena calle, o masturbar a otra persona que consciente en ello en sitio publico. Incluso el caso de una pareja que realiza el acto copulatorio (licito) en forma accesible a la vista del público.
Si hablamos de gestos, palabras, cantos o señas estamos hablando de OFENSAS A LA DECENCIA PUBLICA (art 536 del código penal).
VIOLACIÓN
En sentido general, seria la realización del coito sobre una mujer, sin su consentimiento. Estando sujeta a penas agravadas por exponer al embarazo a la ofendida.
De acuerdo con el Art 374 del cp. Podríamos definirla como copula practicada en personas de uno u otro sexo (comprendido por eso el coito sodomítico) contra su voluntad o sin su consentimiento.
Se emplea violencia o amenazas para constreñir al acto carnal, se obra contra la voluntad del ofendido.
En otras circunstancias: Violencia Presunta. 2da parte del art. 374 también se obra sin e consentimiento del agraviado si:
Es menor de doce años o que no haya cumplido 16.
Si el culpable es un ascendiente, tutor o institutor; detenido o condenado confiado a la custodia del culpable
Si no esta en capacidad de resistir por causa de enfermedad física o mental
Por el empleo de medios fraudulentos, sustancias narcóticas o excitantes (éxtasis)
DIFERENCIAS ENTRE ATENTADO AL PUDOR Y LA VIOLACION
En la violación tenemos la práctica del coito.es decir cuando haya habido tentativa de intromisión del pene. Aquí entra en juego un importante factor con frecuencia subjetivo, como es el de la intencionalidad del agente.
Los médicos legalistas consideran violación LA COPULA CONSUMADA haya o no sido realizada por vías naturales o praeter naturam, y haya o no habido eyaculación; sea la victima de uno u otro sexo. (Cazzaniga y Cattabeni)
Thoinot, estima que para que exista violación debe haber posesión, intromisión del pene en la cavidad vaginal.
Brouardel, afirma que el atentado al pudor es “si se quiere, la violación menos la intromisión”
Tales diferencias no dejan de tener importancia desde el punto de vista práctico, en todos los casos en que haya habido contactos inter-genitales, o ano-genitales a los efectos de la calificación judicial de los hechos.
DIFERENCIAS ENTRE ATENTADOS AL PUDOR Y ULTRAJES PÚBLICOS AL PUDOR.
Atentado al pudor:
Existe siempre un ofensor y una victima concreta
Es perseguidle a instancia de la parte agraviada o sea de acción privada. (Salvo que exista alguna de las circunstancias previstas en el art 379 del cp.)
Ultraje publico al pudor:
La parte ofendida es la sociedad.
Si el sujeto pasivo ha complacido en el acto le erige en CO-REO del delito
Es enjuiciable de oficio como delito de acción publica
CAUSAS DEL LOS ATENTADOS AL PUDOR
SON TRES CLASES::
1) Los viciosos y estragados, cuyos reclamos sexuales les han ido apartando progresivamente de las relaciones normales, y buscan nuevos placeres y satisfacciones revestidos de una lasciva agresiva, por así decirlo.
2) La de los sujetos afectos de tachas físicas, como la impotencia y vicios de conformación (ej: la hipostasia). Rechazados y ridiculizados por las mujeres buscan el deleite generalmente en niñas. En igual situación podríamos ubicar a los que padecen de enfermedades venéreas.
3) La de personas que padecen tachas nerviosas. Sereiux, ha hecho una interesante clasificación de los individuos incluidos en estas formas morbosas, con estas denominaciones:
a) Espinales
b) Espinales-cerebrales posteriores
c) Espinales- cerebrales anteriores
d) Cerebrales anteriores
ATENTADOS AL PUDOR EN INDIVIDUOS DEL SEXO MASCULINO
Son raros, realizados generalmente en niños de 5 a 13 anos, por mujeres adultas de entre 20 y 30 anos. Pudiéndose llegar a la violación al revés. También por maestros o curas hombres sobre niños.
ATENTADOS AL PUDOR EN NINAS
Son más frecuentes y se enumeran entre otros:
Los tocamientos en órganos genitales
Masturbación activa o pasiva
Coito perineal anterior y posterior: que consiste en simulacros de coito colocando el pene entre el perineo y la región supero-interna de los muslos.
Abusos de ancianos impotentes en niñas viciosas
Normalmente no quedan signos del atentado en estos actos, salvo casos especiales. (Irritación o enrojecimiento que desaparecen rápidamente).
El exhibicionismo en los atentados al pudor
Exhibicionismo de los viciosos:
Generalmente se manifiesta en personas con edades comprendidas entre los 40 y 60 anos. Generalmente sobre niñas de escuela y mujeres en lugares solitarios.
La conducta exhibicionista casi siempre va acompañada de gestos obscenos y masturbación y todo eso se realiza con extrema precaución por el agente.
EXHIBICIONISMO ACCIDENTAL POR ENFERMEDADES LOCALES
Se trata de personas que por razón de procesos morbosos genito-urinarios o en la región ano-escrotal, se descubren y realizan maniobras imperiosas que les impone la naturaleza misma de la dolencia: tracciones sobre el pene por dolores uretrales ocasionados por litiasis vesical. Necesidades de una micción apremiante en público. Maniobras de contención de hemorroides con una mano al tener la necesidad de realizar una micción violenta, para evitar su procidencia con el esfuerzo. Etc.
Es de advertir que en estas situaciones el enfermo procede con discreción pero a veces son acusados por ultrajes públicos al pudor.
No debe olvidarse que los exhibicionistas viciosos pueden invocar una supuesta enfermedad de esta índole como falsa excusa.
VIOLACION CON SODOMITICA Y ATENTADOS AL PUDOR
En los exámenes acostumbrados que se practican por la diagnosis de un coito sodomítico deberá ponerse especial atención por su valor indiciario a la presencia en los genitales y en el perineo de abrasiones y de lesiones, teniendo mucho cuidado de que no haya confusiones con las grietas banales que pueden existir en estas regiones por cualquier otro motivo. Deben así mismo ser debidamente estimadas las cicatrices locales, los signos de contagio venéreo, la equimosis, e incluso las manifestaciones dolorosas, estas últimas especialmente en los sujetos muy jóvenes, porque en la relación forzada contra natura, se producen fenómenos reflejos de contractura espástica que dejan dolor por varios días.
No es signo de de pederastia pasiva habitual el alisamiento de los pliegues radiados del ano.
Los atentados al pudor aun siendo violentos pueden no dejar huellas visibles dadas su extrema variedad, consistiendo por lo común en simples tocamientos a nivel genital. Y por tanto la comprobación del delito se escapa de la competencia del medico-legalista y queda solo al alcance de magistrado su verificación mediante otros criterios.
El contacto y restregamiento de los genitales del agente y de la victima pueden dar lugar a contagio de enfermedades venéreas (chancros blandos, lesiones sifilíticas, blenorragia).
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